Ley 11/2021: Limitaciones pagos en Efectivo
En Mares seguimos todas las actualizaciones del BOE y BOJA, de este manera, te facilitamos un resumen de los puntos más importantes y con mayor relevancia para ti. En este caso, nos gustaría hablar de la nueva Ley contra el Fraude Fiscal publicada en el BOE, el día 10 de julio de 2021
¡Toma nota!
¿Cuáles son las novedades?
Recientemente entró en vigor la nueva limitación a los pagos en efectivo.
No se podrán realizar pagos en efectivo de una cantidad igual o superior a 1.000 euros.
¿Cuándo entra en vigor?
El pasado domingo, 10 de julio de 2021, entró en vigor la ley citada. A partir de la fecha indicada se disminuye el límite general de 2.500 a 1.000 euros para las transacciones en efectivo.
¿Detalles importantes?
El Artículo 18 de la Ley 11/2021 (Modificación de la Ley 7/2012, de 29 de octubre) establece lo siguiente:
”1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.”
”4. La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, según se trate de cada uno de los supuestos a que se refiere el número 1 del apartado Uno, respectivamente.
5. La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25% de la base de la sanción prevista en el número anterior salvo que concurra un supuesto de reducción de la sanción al que se refiere el número 5 del apartado Tres de este artículo.”
Además, en la disposición transitoria primera se establece que se aplicará a todos los pagos efectuados a partir de la entrada en vigor de la norma, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de dicha limitación.
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